Text this: El pago de pensiones alimenticias en los juicios de alimentos, aun cuando las parejas se hayan reconciliado, es inconstitucional, pues al haberse reintegrado la familia, al Estado le corresponde protegerla como núcleo principal de la sociedad, por tanto se hace necesario que cuando exista reconciliación se suspenda el pago de la pensión alimenticia que se encontraba sufragando con antelación