La obligación alimentaria de los progenitores generando derechos, por parte de la unidad judicial nº 1 de familia, mujer, niñez y adolescencia del cantón San Miguel de Bolívar, a descendientes menores de edad e incapaces en general, no es coherente en la corresponsabilidad parental, durante el periodo mayo del 2012 a marzo del 2013

 

Authors
Freire Yancha, Jhony Ismael
Format
BachelorThesis
Status
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El derecho puede concebirse como el conjunto de normas que regulan las relaciones de los hombres que viven en sociedad. El derecho de alimentos se ubica dentro del Derecho Civil y dentro de éste el Derecho de Familia. Los alimentos en Derecho de Familia, son todos aquellos medios que son indispensables para que una persona pueda satisfacer todas sus necesidades básicas, según la posición social de la familia. Este derecho nace como efecto de la relación parento - filial, mira al orden público familiar y es intransferible, intransmisible, irrenunciable, imprescriptible y no admite compensación. En la Declaración de los Derechos del Niño de 1959, en su Principio 2, establece: “…al promulgar leyes…la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.”, entendido éste como uno de los ejes rectores para que los derechos, deberes y garantías sean de inmediata aplicación, para alcanzar el desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes, atendiendo a las necesidades inherentes de éstos, teniendo como única finalidad proporcionar al niño, niña y adolescente alcanzar una vida digna, bajo la responsabilidad del Estado, la Sociedad y la Familia, dentro de nuestra legislación interna se encuentra estipulado al principio del Interés Superior del Niño, como un principio de aplicación inmediata sin dilaciones y bajo supuestos de responsabilidad hacia aquellas personas o instituciones que no respeten este principio: El Art. 44 de la Constitución de la República del Ecuador; y, en el Art 11 del Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia establece el propósito al manifestar que “el interés del niño es un principio que está orientado a satisfacer el ejercicio efectivo del conjunto de los derechos de los niños, niñas y adolescentes” ,y este derecho es responsabilidad del padre y de la madre o quienes legalmente actúan como sus representantes. Las autoridades públicas, por su parte, se esforzarán en promover el goce de este derecho. Espero que este mi trabajo investigativo sea un aporte para la estructura del Sistema Jurídico Ecuatoriano, un material de consulta para estudiantes y profesionales del derecho, y lo que es más aspiro que éste mi trabajo sea acogido por los operadores de justicia; pues ellos son los llamados a garantizar la tutela judicial efectiva, los derechos declarados en la Constitución, los Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos o establecidos en las Leyes.

Publication Year
2013
Language
spa
Topic
obligación alimentaria
progenitores generando derechos
familia, mujer, niñez y adolescencia
descendientes menores de edad
San Miguel de Bolívar
corresponsabilidad parental
Repository
Repositorio Universidad Estatal de Bolivar
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http://dspace.ueb.edu.ec/handle/123456789/2536
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