EL PRINCIPIO DE CELERIDAD PROCESAL Y EL ABANDONO DE LOS JUICIOS EJECUTIVOS

 

Authors
Villegas Paredes., Cristina del Rocío; DT. Abad, Segundo
Format
BachelorThesis
Status
publishedVersion
Description

La potestad de administrar justicia es ejercida por la Función Judicial como lo establece la Constitución de la República del Ecuador en su Art 167; esta potestad se basa en principios constitucionales, los cuales precautelan un correcto actuar en el desarrollo judicial. Estos principios constitucionales se plasman en todo el procedimiento judicial, considerando prioritario el principio de celeridad procesal, que es uno de los más importantes ya que contribuye con una administración de justicia eficiente, accesible, que carezca de trabas o barreras que impliquen una dilación indebida en la obtención de una adecuada tutela y protección judicial. Al aplicar los principios constitucionales en una forma oportuna y manifiesta se precautelaría el interés de los usuarios que acuden al órgano judicial en busca de soluciones a los problemas actuales, de lo contrario si no se emplea estos principios en el que hacer judicial diario ocasionaría un retardo en la administración de justicia acarreando la conclusión inesperada de procesos por el trascurso del tiempo como es la figura del abandono por el ministerio de la ley como lo prescribe el Código de procedimiento civil. El principio de celeridad tiene la ardua función de velar por un proceso oportuno dentro de un sistema judicial, garantizando así el desarrollo progresivo de una causa, obteniendo una resolución en el menor tiempo posible y bajo los tiempos establecidos por la norma, evitando prorrogas de términos o plazos de una forma innecesaria.

Publication Year
2015
Language
spa
Topic
El Principio de Celeridad Procesal, Abandono de los Juicios Ejecutivos, Derecho Procesal Civil, Código Orgánico de la Función Judicial
Repository
Repositorio Universidad Técnica de Ambato
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http://repositorio.uta.edu.ec/handle/123456789/8733
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openAccess
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